El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución de la República del Ecuador, artículo 55 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y artículo 10 del Reglamento de Comisiones Ciudadanas de Selección, convoca a las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos residentes en el país y en el exterior, a participar, a título personal o con el auspicio de organizaciones sociales, para la conformación de la Comisión Ciudadana de Selección, para la Designación de las y los Vocales del Consejo de la Judicatura y la Comisión Ciudadana de Selección para la designación de la Primera Autoridad de la Fiscalía General del Estado.
AUN PASO… POR LA PATRIA NUEVA
Hace 16 años
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